/ lunes 22 de julio de 2019

Cultura Tributaria

Comprar facturas, evasión fiscal, riesgo latente


Una realidad desafortunada en México es la evasión fiscal, lo que implica que algunos contribuyentes implementen mecanismos para engañar o aprovecharse de los errores para obtener un beneficio en perjuicio del fisco federal, en ello la utilización de facturas apócrifas que amparan a su vez operaciones inexistentes con la única intención de disminuir la carga tributaria de manera ilegal, siempre con el riesgo de que la autoridad identifique esas circunstancias, lo que a la postre trae consecuencias financieras no deseadas, además de la pena privativa de libertad.

Sin duda que el no cumplir de manera correcta con la obligación de contribuir a los gastos públicos a través del pago perjudica en general a toda la población, pues entre menos se recaude por estos conceptos disminuye la calidad de los satisfactores que proporciona el Estado surgiendo la necesidad en otros casos de que la autoridad haga uso de todos los instrumentos posibles para detectar la evasión, aplicando a todos por igual las mismas formas y alcances.

En lo general y desde hace mucho tiempo algunas personas han considerado que el comprar facturas les ayuda realmente a pagar menos impuestos, sin embargo en ello debe observarse que lo que ocurre es que efectivamente pagan menos pero se echan a cuestas un gran riesgo al amparar con esos documentos operaciones inexistentes que en algún momento muy probablemente pueden descubrirse por las autoridades fiscales, por ello debe observarse que cuando algo parece verdaderamente maravilloso en estos aspectos hay que sospechar de su efectividad; en ello muchas personas siguen considerando que es algo muy correcto, incluso presumiendo que lo hacen muy bien, a estas alturas un gran número de contribuyentes saben perfectamente cuando están haciendo algo no bueno y lo que queda es estar consciente del riesgo, saber que un día puede ser necesario defenderse para evitar pagar multas e incluso para no ir a la cárcel, lo que desde luego puede costarles mucho dinero, tal vez más que el indebido beneficio obtenido, que por cierto es temporal e incierto.

Al efecto, el Código Fiscal de la Federación desde el año de 2014 contiene los alcances legales para presumir operaciones inexistentes y dejar sin efectos todas las facturas que hayan sido expedidas por empresas que se han detectado y publicado en una lista especial del SAT como empresas que facturan operaciones simuladas o inexistentes, Este 16 de mayo de 2019 se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación un decreto que reforma la fracción III del artículo 113 y adiciona un artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación, para tipificar el delito de compra venta de facturas, imponiendo sanción de tres meses a seis años de prisión a quienes adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados; la misma sanción a quienes expidan o enajenen comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

Comentarios: Sergio@ledezma-ledezma.com

Facebook: Sergio.ledezma.58

*Expresidente del Colegio de Contadores Públicos de Querétaro

Expresidente del la Federación de Colegios y Asociaciones de Profesionistas del Estado de Querétaro (FECAPEQ)

Comprar facturas, evasión fiscal, riesgo latente


Una realidad desafortunada en México es la evasión fiscal, lo que implica que algunos contribuyentes implementen mecanismos para engañar o aprovecharse de los errores para obtener un beneficio en perjuicio del fisco federal, en ello la utilización de facturas apócrifas que amparan a su vez operaciones inexistentes con la única intención de disminuir la carga tributaria de manera ilegal, siempre con el riesgo de que la autoridad identifique esas circunstancias, lo que a la postre trae consecuencias financieras no deseadas, además de la pena privativa de libertad.

Sin duda que el no cumplir de manera correcta con la obligación de contribuir a los gastos públicos a través del pago perjudica en general a toda la población, pues entre menos se recaude por estos conceptos disminuye la calidad de los satisfactores que proporciona el Estado surgiendo la necesidad en otros casos de que la autoridad haga uso de todos los instrumentos posibles para detectar la evasión, aplicando a todos por igual las mismas formas y alcances.

En lo general y desde hace mucho tiempo algunas personas han considerado que el comprar facturas les ayuda realmente a pagar menos impuestos, sin embargo en ello debe observarse que lo que ocurre es que efectivamente pagan menos pero se echan a cuestas un gran riesgo al amparar con esos documentos operaciones inexistentes que en algún momento muy probablemente pueden descubrirse por las autoridades fiscales, por ello debe observarse que cuando algo parece verdaderamente maravilloso en estos aspectos hay que sospechar de su efectividad; en ello muchas personas siguen considerando que es algo muy correcto, incluso presumiendo que lo hacen muy bien, a estas alturas un gran número de contribuyentes saben perfectamente cuando están haciendo algo no bueno y lo que queda es estar consciente del riesgo, saber que un día puede ser necesario defenderse para evitar pagar multas e incluso para no ir a la cárcel, lo que desde luego puede costarles mucho dinero, tal vez más que el indebido beneficio obtenido, que por cierto es temporal e incierto.

Al efecto, el Código Fiscal de la Federación desde el año de 2014 contiene los alcances legales para presumir operaciones inexistentes y dejar sin efectos todas las facturas que hayan sido expedidas por empresas que se han detectado y publicado en una lista especial del SAT como empresas que facturan operaciones simuladas o inexistentes, Este 16 de mayo de 2019 se ha publicado en el Diario Oficial de la Federación un decreto que reforma la fracción III del artículo 113 y adiciona un artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación, para tipificar el delito de compra venta de facturas, imponiendo sanción de tres meses a seis años de prisión a quienes adquiera comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados; la misma sanción a quienes expidan o enajenen comprobantes fiscales que amparen operaciones inexistentes, falsas o actos jurídicos simulados.

Comentarios: Sergio@ledezma-ledezma.com

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*Expresidente del Colegio de Contadores Públicos de Querétaro

Expresidente del la Federación de Colegios y Asociaciones de Profesionistas del Estado de Querétaro (FECAPEQ)