/ lunes 1 de agosto de 2022

Cultura Tributaria | Los Derechos de los Contribuyentes

De la forma en que existe la obligación de los Mexicanos a contribuir al gasto público de la Federación, así como de la Ciudad de México, Estado o Municipio donde se reside de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes; debe tomarse en cuenta que esa obligación surge a partir de la existencia primero del deber establecido en nuestra Constitución y luego el contenido y alcance de las diversas leyes fiscales.

En esas leyes debe respetarse siempre principios básicos en su diseño con la intención de no causar daños severos en la economía de los ciudadanos, entre ella el que los impuestos sean proporcionales y equitativos, en donde el primero de los principios implica que se pague de acuerdo a la capacidad económica, que el hecho de pagarlos no haga que disminuya el nivel de satisfacción de necesidades propias y familiares, la equidad implica que se trate igual a las personas que se encuentran en las mismas circunstancias, pero diferente a otros que entre ellos igualmente presenten características similares.

La seguridad Jurídica es fundamental en el cumplimiento de estas obligaciones, en ello debe buscarse que en todo tiempo se proteja al particular de las arbitrariedades que pudiesen cometer los funcionarios en sus actuaciones, es la garantía dada a todo individuo de que su persona, sus bienes, documentos, domicilio y sus derechos no serán objeto de ataques violentos o que, si estos llegarán a producirse le serán asegurados por el Estado, protección y reparación en su caso, ello implica la certeza que tenemos los individuos de que la situación jurídica en todo tiempo, para ser modificada debe hacerse solo por procedimientos regulares

Así entonces, cualquier persona que sienta que se ha afectado su esfera jurídica puede acudir a los tribunales o ante las propias autoridades a que se hagan las aclaraciones pertinentes y en su caso a que se le imparta justicia y con ello lograr que los actos que han realizado las autoridades en contravención a ese principio de seguridad, no causen efecto alguno.

Con la idea de proteger a los contribuyentes se creó y publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de los Derechos de los Contribuyentes el 23 de junio de 2005, esa Ley tiene por objeto regular los derechos y garantías básicos de los contribuyentes en sus relaciones con las autoridades fiscales, protegiendo con ello tanto al contribuyente como a los responsables solidarios. En todo tiempo los servidores públicos de la administración tributaria facilitarán al contribuyente el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. Además las actuaciones de las autoridades fiscales que requieran la intervención de los contribuyentes deberán de llevarse a cabo en la forma que resulte menos gravosa para éstos, siempre que ello no perjudique el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

De manera enunciativa, los derechos generales de los contribuyentes, son entre otros: Derecho a ser informado y asistido por las autoridades fiscales en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como del contenido y alcance de las mismas; Derecho a obtener, en su beneficio, las devoluciones de impuestos que procedan en términos del Código Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales aplicables; Derecho a conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sea parte; Derecho a conocer la identidad de las autoridades fiscales bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos en los que tengan condición de interesados.

Adicionalmente, se pueden obtener certificación y copia de las declaraciones presentadas; No aportar documentos que ya obren en poder de las autoridades; secrecía de la información y documentos de los contribuyente; derecho a ser tratado con el debido respeto y consideración por los servidores públicos de la administración tributaria.

Para garantizar la seguridad jurídica, debe ser oído en trámites administrativos previamente a la determinación de los créditos fiscales; ser informado al inicio de las facultades de comprobación, derecho a corregir su situación fiscal, acudir en juicio.

Como se observa, como contribuyente debemos cumplir con la obligación sustantiva de aportar, pero en todo tiempo, también debemos ser cuidadosos que en la actuación de los funcionarios se respeten los derechos establecidos en la ley, verificar que los actos se lleven a cabo de acuerdo a los procedimientos establecidos en la ley y de ninguna manera permitir arbitrariedades, acudiendo en su caso a la queja ante los funcionarios competentes.


Comentarios: Sergio@ledezma-ledezma.com

Facebook Sergio.ledezma.58


De la forma en que existe la obligación de los Mexicanos a contribuir al gasto público de la Federación, así como de la Ciudad de México, Estado o Municipio donde se reside de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes; debe tomarse en cuenta que esa obligación surge a partir de la existencia primero del deber establecido en nuestra Constitución y luego el contenido y alcance de las diversas leyes fiscales.

En esas leyes debe respetarse siempre principios básicos en su diseño con la intención de no causar daños severos en la economía de los ciudadanos, entre ella el que los impuestos sean proporcionales y equitativos, en donde el primero de los principios implica que se pague de acuerdo a la capacidad económica, que el hecho de pagarlos no haga que disminuya el nivel de satisfacción de necesidades propias y familiares, la equidad implica que se trate igual a las personas que se encuentran en las mismas circunstancias, pero diferente a otros que entre ellos igualmente presenten características similares.

La seguridad Jurídica es fundamental en el cumplimiento de estas obligaciones, en ello debe buscarse que en todo tiempo se proteja al particular de las arbitrariedades que pudiesen cometer los funcionarios en sus actuaciones, es la garantía dada a todo individuo de que su persona, sus bienes, documentos, domicilio y sus derechos no serán objeto de ataques violentos o que, si estos llegarán a producirse le serán asegurados por el Estado, protección y reparación en su caso, ello implica la certeza que tenemos los individuos de que la situación jurídica en todo tiempo, para ser modificada debe hacerse solo por procedimientos regulares

Así entonces, cualquier persona que sienta que se ha afectado su esfera jurídica puede acudir a los tribunales o ante las propias autoridades a que se hagan las aclaraciones pertinentes y en su caso a que se le imparta justicia y con ello lograr que los actos que han realizado las autoridades en contravención a ese principio de seguridad, no causen efecto alguno.

Con la idea de proteger a los contribuyentes se creó y publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Ley Federal de los Derechos de los Contribuyentes el 23 de junio de 2005, esa Ley tiene por objeto regular los derechos y garantías básicos de los contribuyentes en sus relaciones con las autoridades fiscales, protegiendo con ello tanto al contribuyente como a los responsables solidarios. En todo tiempo los servidores públicos de la administración tributaria facilitarán al contribuyente el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. Además las actuaciones de las autoridades fiscales que requieran la intervención de los contribuyentes deberán de llevarse a cabo en la forma que resulte menos gravosa para éstos, siempre que ello no perjudique el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

De manera enunciativa, los derechos generales de los contribuyentes, son entre otros: Derecho a ser informado y asistido por las autoridades fiscales en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, así como del contenido y alcance de las mismas; Derecho a obtener, en su beneficio, las devoluciones de impuestos que procedan en términos del Código Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales aplicables; Derecho a conocer el estado de tramitación de los procedimientos en los que sea parte; Derecho a conocer la identidad de las autoridades fiscales bajo cuya responsabilidad se tramiten los procedimientos en los que tengan condición de interesados.

Adicionalmente, se pueden obtener certificación y copia de las declaraciones presentadas; No aportar documentos que ya obren en poder de las autoridades; secrecía de la información y documentos de los contribuyente; derecho a ser tratado con el debido respeto y consideración por los servidores públicos de la administración tributaria.

Para garantizar la seguridad jurídica, debe ser oído en trámites administrativos previamente a la determinación de los créditos fiscales; ser informado al inicio de las facultades de comprobación, derecho a corregir su situación fiscal, acudir en juicio.

Como se observa, como contribuyente debemos cumplir con la obligación sustantiva de aportar, pero en todo tiempo, también debemos ser cuidadosos que en la actuación de los funcionarios se respeten los derechos establecidos en la ley, verificar que los actos se lleven a cabo de acuerdo a los procedimientos establecidos en la ley y de ninguna manera permitir arbitrariedades, acudiendo en su caso a la queja ante los funcionarios competentes.


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