/ jueves 24 de marzo de 2022

Cofece multa al AICM con 848 mdp por prácticas anticompetitivas

El Aeropuerto Benito Juárez se rehusó a prestar servicio de transporte dentro de sus instalaciones

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa de 848.8 millones de pesos al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por impedir la prestación de servicio público de autotransporte a una empresa y establecer ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios.

Te puede interesar: ¿Qué pasará con el aeropuerto Benito Juárez ahora que comience a operar el AIFA?

El órgano antimonopolios determinó que el AICM se rehusó indebidamente a proporcionar a Transportación Terrestre (UNE) el servicio de acceso a sus instalaciones, lo que aisló a la empresa de la competencia en perjuicio de los usuarios.

“Mediante dicha conducta impidió que UNE pudiera ofrecer el servicio de autotransporte de pasajeros del Aeropuerto a Puebla y de Puebla al Aeropuerto, estableciendo ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios en esa misma ruta, lo que los aisló de la competencia en perjuicio de los usuarios”, indicó la Cofece.

Agregó que el Pleno de la comisión consideró que el AICM tiene poder sustancial en el mercado que corresponde al servicio de acceso al Aeropuerto para la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros pues, entre otras cuestiones, se trata del único medio que y no hay sustitutos.

De acuerdo con la institución el rehusarse a prestar el acceso a UNE sin que existiese justificación para ello, el AICM otorgó ventajas indebidas a los permisionarios establecidos, los que mantuvieron su posición sin enfrentar presiones competitivas.

“Esto se tradujo en una pérdida de bienestar de los usuarios del servicio, quienes pudieron haber tenido más opciones y menores precios de no haberse configurado la práctica prohibida”, informó la Cofece.

Además señaló que con el fin de verificar la supresión de la conducta, la Cofece podrá requerir al AICM por un plazo de cinco años y en cualquier momento la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones impuestas.

Una vez notificada la resolución al AICM, el agente económico tiene el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la actuación de la Comisión, a través de un juicio de amparo indirecto.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa de 848.8 millones de pesos al Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) por impedir la prestación de servicio público de autotransporte a una empresa y establecer ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios.

Te puede interesar: ¿Qué pasará con el aeropuerto Benito Juárez ahora que comience a operar el AIFA?

El órgano antimonopolios determinó que el AICM se rehusó indebidamente a proporcionar a Transportación Terrestre (UNE) el servicio de acceso a sus instalaciones, lo que aisló a la empresa de la competencia en perjuicio de los usuarios.

“Mediante dicha conducta impidió que UNE pudiera ofrecer el servicio de autotransporte de pasajeros del Aeropuerto a Puebla y de Puebla al Aeropuerto, estableciendo ventajas exclusivas en favor de dos permisionarios en esa misma ruta, lo que los aisló de la competencia en perjuicio de los usuarios”, indicó la Cofece.

Agregó que el Pleno de la comisión consideró que el AICM tiene poder sustancial en el mercado que corresponde al servicio de acceso al Aeropuerto para la prestación del servicio de autotransporte federal de pasajeros pues, entre otras cuestiones, se trata del único medio que y no hay sustitutos.

De acuerdo con la institución el rehusarse a prestar el acceso a UNE sin que existiese justificación para ello, el AICM otorgó ventajas indebidas a los permisionarios establecidos, los que mantuvieron su posición sin enfrentar presiones competitivas.

“Esto se tradujo en una pérdida de bienestar de los usuarios del servicio, quienes pudieron haber tenido más opciones y menores precios de no haberse configurado la práctica prohibida”, informó la Cofece.

Además señaló que con el fin de verificar la supresión de la conducta, la Cofece podrá requerir al AICM por un plazo de cinco años y en cualquier momento la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones impuestas.

Una vez notificada la resolución al AICM, el agente económico tiene el derecho de acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la actuación de la Comisión, a través de un juicio de amparo indirecto.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Local

Ocupación hotelera llegará al 100% en Tequisquiapan

Los Días Santos son aprovechados por el turismo nacional e internacional para visitar el municipio

Local

Pretenden fusionar ejido Santa Matilde

El crecimiento de la mancha urbana generó que se haya quedado sin propietarios suficientes para mantener la categoría

Local

Realizaron la unción de los enfermos en la parroquia de San Antonio de Padua

Mediante una Santa Misa se llevó a cabo el acto católico en el municipio de Polotitlán

Local

Suspenderán recolección de basura en Pedro Escobedo

Del 28 al 31 de marzo no habrá servicio en todas las comunidades y colonias del municipio

Elecciones 2024

Astudillo en campaña con PT, PVEM y Morena

El candidato a diputado federal dijo que estará al lado de los candidatos a la alcaldía del municipio

Círculos

Mujeres destacadas de San Juan del Río reciben el “Distinto morado”

La Federación Municipal de Colegios y Profesionistas, entregó reconocimientos por la conmemoración del Día Internacional de la Mujer