/ miércoles 21 de marzo de 2018

Descartan prisión para candidatos independientes por firmas inválidas

El titular de la Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales (Fepade), Héctor Díaz Santana, descartó que los aspirantes a una candidatura presidencial por la vía independiente vayan a prisión por la recolección anómala de firmas para lograr su registro.

El funcionario de la Procuraduría General de la República (PGR) dijo que si se demuestra que Jaime Rodríguez Calderón, Armando Ríos Piter y Margarita Zavala presentaron o alteraron el Registro Federal de Electores, serían acreedores a una sanción de tres a siete años de cárcel, aunque aclaró que no son de prisión preventiva oficiosa.

“Dentro del marco del nuevo sistema de justicia penal y además de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, el tipo penal entra en una alteración en el Registro Nacional de Electores, lo que quiere decir que ese delito se castiga con una pena de tres a siete años de prisión”, refirió.

En esos casos, explicó Díaz Santana, se tomarían tres vertientes: el proceso de revisión por parte del INE, el proceso criminal y la intervención del Instituto Nacional de Acceso a la Información por el manejo de datos personales.

En entrevista con Ciro Gómez Leyva para Grupo Fórmula, el funcionario de la Fepade refrendó el compromiso del organismo de colaborar en la investigación de la revisión de firmas.


El titular de la Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Electorales (Fepade), Héctor Díaz Santana, descartó que los aspirantes a una candidatura presidencial por la vía independiente vayan a prisión por la recolección anómala de firmas para lograr su registro.

El funcionario de la Procuraduría General de la República (PGR) dijo que si se demuestra que Jaime Rodríguez Calderón, Armando Ríos Piter y Margarita Zavala presentaron o alteraron el Registro Federal de Electores, serían acreedores a una sanción de tres a siete años de cárcel, aunque aclaró que no son de prisión preventiva oficiosa.

“Dentro del marco del nuevo sistema de justicia penal y además de la Ley General en Materia de Delitos Electorales, el tipo penal entra en una alteración en el Registro Nacional de Electores, lo que quiere decir que ese delito se castiga con una pena de tres a siete años de prisión”, refirió.

En esos casos, explicó Díaz Santana, se tomarían tres vertientes: el proceso de revisión por parte del INE, el proceso criminal y la intervención del Instituto Nacional de Acceso a la Información por el manejo de datos personales.

En entrevista con Ciro Gómez Leyva para Grupo Fórmula, el funcionario de la Fepade refrendó el compromiso del organismo de colaborar en la investigación de la revisión de firmas.


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