Ordenan suspensión de actividad comercial en Tequisquiapan

Negocios no esenciales fueron llamados a cerrar sus puertas ante la pandemia

Rosalía Nieves | El Sol de San Juan del Río

  · jueves 23 de abril de 2020

Foto: César Ortiz | El Sol de San Juan del Río

El gobierno municipal de Tequisquiapan llevó amplió las medidas de seguridad sanitarias para la prevención y control del Covid-19, razón por la cual los establecimientos con actividades no esenciales deberán suspender de forma total su labor hasta nuevo aviso, informó el secretario general del Ayuntamiento, Mario Dorantes Nieto.

Indicó que estas acciones se sustentan en el Acuerdo de Recomendaciones Generales Covid-19, así como Acuerdo de Medidas de Seguridad Sanitaria, ambos publicados en la Sombra de Arteaga para atender la emergencia sanitaria generada por el Covid-19, y así evitar la propagación de casos entre la población, por ello, negocios con giro de zapaterías, tiendas de ropa, renovadora de calzado, joyerías, imprentas, papelerías, tienda con venta de discos y películas, videojuegos, ciber café, dulcerías, bisuterías, jugueterías, mercerías, por citar algunos, deberán suspender sus actividades de forma total.

Los autollamados “ferieros” padecen crisis por desempleo derivado de la pandemia. / Foto: César Ortiz / El Sol de San Juan del Río.

El funcionario aseguró que a través de los medios e instancias correspondientes se ha notificado a los establecimientos no esenciales en el Pueblo Mágico, con el fin de que acaten las disposiciones que por decreto oficial en el estado se dio, por ello exhortó a los propietarios de este tipo de negocios a coadyuvar en la prevención de posibles casos de contagio por el Covid-19.

Dijo que la responsabilidad de prevenir y contar con buenos resultados durante esta cuarentena es deber de todos, por ello la búsqueda de reducir las posibilidades de la propagación del Covid-19 en Tequisquiapan mediante estas acciones de cierre totales de negocios no esenciales, de lo contrario, aseguró que a quien no acate el apercibimiento se le impondrán medidas de apremio establecidas en el artículo 129 del Reglamento de Comercio de la localidad.

Reiteró que esta acción local tiene la finalidad de mitigar la dispersión y transmisión del Covid-19 en la comunidad, para disminuir la carga de la enfermedad, sus complicaciones y decesos en la población del estado.