/ miércoles 1 de julio de 2020

Suprema Corte ordena a CEAV indemnizar a familia por tragedia en Guardería ABC

La Comisión debe pagar 10 millones de pesos y además recuantificar una suma a favor de la mamá de una de las menores víctimas del incendio

La Suprema Corte de Justicia ordenó a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) pagar 10 millones de pesos y además recuantificar una suma para reparar plenamente el daño a la familia de una menor fallecida en el incendio de la Guardería ABC en Hermosillo, Sonora el 5 de junio de 2009.

En su sesión de este miércoles la Primera Sala aprobó, por mayoría de cuatro votos, el proyecto del ministro Juan Luis González, que adelantó El Sol de México el pasado 1 de junio, para amparar a María de Jesús, mamá de la pequeña Paulette, sobre las medidas de reparación integral del daño.

“Se desecha el recurso de revisión interpuesto por el director general del Comité Interdisciplinario Evaluador. Se confirma la sentencia recurrida. La justicia de la Unión ampara y protege a las quejosas en contra de la resolución de 8 de febrero de 2018 dictada en el expediente CEAV/CIE/0127/2017”, señala la sentencia.

El único que votó en contra de la propuesta fue el ministro Jorge Pardo, quien explicó que, aunque estaba a favor de conceder el amparo, también eran fundados algunos de los agravios que hizo valer la CEAV.

Al detallar su voto sobre este asunto, Pardo Rebolledo explicó que a su parecer lo que debía proceder es que la Corte modificara la sentencia dictada por el juez en cuanto a algunos de sus efectos para la reparación del daño.

En su propuesta presentada ante los ministros de la Primera Sala, el ministro González Alcántara Carrancá señaló que los jueces constitucionales, se encuentran constitucional y legalmente facultados para la recuantificación del monto correspondiente.

“Esta Primera Sala aduce que los órganos del Poder Judicial de la Federación, efectivamente, están facultados para la recuantificación de los montos indemnizatorios, previa y erróneamente calculados por las autoridades competentes”, se expuso.

El precedente que hoy fijó la Corte es relevante por las cantidades millonarias que los amparos exigen a la CEAV, en un momento de recesión económica provocada por la emergencia sanitaria del coronavirus y, sobre todo, por desbordamiento de la violencia que se traduce en un creciente número de víctimas en todo el país.

Apenas la semana pasada Mara Gómez Pérez, entonces directora de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, presentó su renuncia al organismo luego de que se anunciara desde la Secretaría de Gobernación (Segob) un recorte a su presupuesto.


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La Suprema Corte de Justicia ordenó a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) pagar 10 millones de pesos y además recuantificar una suma para reparar plenamente el daño a la familia de una menor fallecida en el incendio de la Guardería ABC en Hermosillo, Sonora el 5 de junio de 2009.

En su sesión de este miércoles la Primera Sala aprobó, por mayoría de cuatro votos, el proyecto del ministro Juan Luis González, que adelantó El Sol de México el pasado 1 de junio, para amparar a María de Jesús, mamá de la pequeña Paulette, sobre las medidas de reparación integral del daño.

“Se desecha el recurso de revisión interpuesto por el director general del Comité Interdisciplinario Evaluador. Se confirma la sentencia recurrida. La justicia de la Unión ampara y protege a las quejosas en contra de la resolución de 8 de febrero de 2018 dictada en el expediente CEAV/CIE/0127/2017”, señala la sentencia.

El único que votó en contra de la propuesta fue el ministro Jorge Pardo, quien explicó que, aunque estaba a favor de conceder el amparo, también eran fundados algunos de los agravios que hizo valer la CEAV.

Al detallar su voto sobre este asunto, Pardo Rebolledo explicó que a su parecer lo que debía proceder es que la Corte modificara la sentencia dictada por el juez en cuanto a algunos de sus efectos para la reparación del daño.

En su propuesta presentada ante los ministros de la Primera Sala, el ministro González Alcántara Carrancá señaló que los jueces constitucionales, se encuentran constitucional y legalmente facultados para la recuantificación del monto correspondiente.

“Esta Primera Sala aduce que los órganos del Poder Judicial de la Federación, efectivamente, están facultados para la recuantificación de los montos indemnizatorios, previa y erróneamente calculados por las autoridades competentes”, se expuso.

El precedente que hoy fijó la Corte es relevante por las cantidades millonarias que los amparos exigen a la CEAV, en un momento de recesión económica provocada por la emergencia sanitaria del coronavirus y, sobre todo, por desbordamiento de la violencia que se traduce en un creciente número de víctimas en todo el país.

Apenas la semana pasada Mara Gómez Pérez, entonces directora de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas, presentó su renuncia al organismo luego de que se anunciara desde la Secretaría de Gobernación (Segob) un recorte a su presupuesto.


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