/ miércoles 24 de abril de 2024

¡Malas noticias!, ya no podrás realizar estos trámites en tu Afore, si no cuentas con tu firma SAR

El plazo límite es 24 de abril y de no haberlo realizado, a partir del jueves el usuario verá limitados sus servicios

Hace unos días en Diario de Querétaro dimos la noticia que ahora para hacer ciertos trámites en la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), el trabajador debía contar con su Firma Electrónica SAR y que como fecha se tendría hasta el 24 de abril, y como “no hay fecha que no se cumpla”, a partir de mañana jueves 25 es obligatorio contar con este requisito para hacer movimientos importantes en la cuenta de ahorro.

Es importante saber ¿qué son las Afores?, para qué sirven y quienes las obtienen, ante estas preguntas la Asociación Mexicana de Afores (Amafore), indican que, las Afores son entidades financieras dedicadas de manera exclusiva y profesional a administrar las cuentas individuales de ahorro para el retiro de los trabajadores las cuales deben contar con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y están sujetas a la regulación de la Consar.

Las Afores son cuentas individuales y únicas que tiene cada trabajador a lo largo de la vida laboral donde se acumulan los recursos (cuotas y aportaciones) que realiza periódicamente el patrón, el gobierno y el propio trabajador. Dichas aportaciones se calculan con base en el salario base de cotización, hasta un tope máximo de 23 salarios mínimos.

Cada Afore se subdivide en cuatro subcuentas:

1) Retiro, Vejez y Cesantía: La aportación a esta subcuenta es obligatoria y la realizan:

a) El patrón: bimestralmente aporta 2% del salario base de cotización para el retiro y 3.15% del salario base de cotización para cesantía en edad avanzada y vejez.

b) El gobierno federal, cuya aportación ocurre bajo el concepto de Cuota Social, que aporta el 0.225% del salario base de cotización por cesantía, edad avanzada y vejez de manera bimestral y una cantidad equivalente al 5.5% del salario mínimo general.

c) El trabajador, aportará bimestralmente el 1.125% sobre el salario base de cotización

En total a este fondo cada mes, el saldo se incrementa con un porcentaje de entre el 8% y el 8.5% del salario del trabajador.

El trabajador podrá acceder a este saldo hasta después de los 65 años, que en México es la edad estipulada por ley para el retiro.

2) Aportaciones voluntarias: Esta subcuenta está constituída por el ahorro voluntario que cada trabajador puede ir haciendo durante su vida laboral. Entre los beneficios de depositar voluntariamente fondos adicionales a los que se aportan de manera obligatoria se encuentra lograr mayores rendimientos, beneficios fiscales, posibilidad de retirar los recursos en el momento que se requiera (sólo el monto correspondiente a las aportaciones voluntarias, y los recursos se deben recibir a más tardar a los 15 días de haberlo solicitado a la Afore).

Las aportaciones voluntarias no tienen un requisito de monto máximo ni mínimo, las puede realizar el trabajador directamente o solicitarle al empleador que las realice a partir de un descuento de su sueldo, y se pueden realizar cada 2 o 6 meses dependiendo de la Afore en la que se tenga la cuenta.

3) Vivienda: En esta subcuenta únicamente el patrón realiza aportaciones de manera bimestral, equivalentes al 5% del salario base de cotización de cada uno de los trabajadores. Los recursos son destinados al Infonavit a través del Fondo Nacional de la Vivienda, quedando registrados dichos recursos en la Afore, por lo que deben aparecer en el estado de cuenta de cada uno de los trabajadores.

El saldo de esta subcuenta puede ser utilizado para solicitar un crédito para la vivienda a través del Infonavit (si dicho trámite nunca se realiza, los recursos que se abonaron a esta subcuenta podrán utilizarse al llegar al retiro y servirán como complemento de la pensión); o para elevar el monto de la pensión una vez que la persona se jubile.

4) Aportaciones adicionales o complementarias: Su objetivo es incrementar el monto de la pensión, estas aportaciones las puede realizar cada trabajador o el patrón en cualquier momento, y se podrá disponer de ellas al momento del retiro.

Todo el dinero generado por estas aportaciones es invertido por las Afores en Sociedades de Inversión Especializadas para el Retiro (Siefores), con el objetivo de generar rendimientos.

La edad de cada trabajador determina el instrumento en el que el dinero será invertido. Hay Siefores Básicas (SB1), en las cuales se invierten los ahorros de las personas cercanas al retiro, es decir de 60 años o más, SB2 (personas entre 46 y 59 años); SB3 (Personas entre 37 y 45 años); SB4 (Personas de 36 años y menores). La diferencia principal entre cada uno de estos instrumentos es el rendimiento, el cual estará determinado por el monto pero también por el tiempo durante el cual los recursos estarán invertidos. Conforme más joven sea el trabajador, su edad de retiro es más lejana, por lo que su Afore estará invertida por un tiempo mayor lo que le dará rendimientos mayores.

FIRMA ELECTRÓNICA SAR

Fue a inicio de este año 2024, cuando se lanzó esta iniciativa como medida de protección de datos, con ello las Afores pusieron a disposición de los trabajadores el portal AforeMovil donde ahora los trámites se podrán realizar de manera más ágil y más segura, por lo que es necesario contar con la Firma Electrónica SAR, trámite que se dio de plazo hasta el 24 de abril.

Si en este tiempo no realizaste este trámite, hay malas noticias, pues a partir de mañana la Firma Electrónica SAR se convertirá en la principal herramienta requerida para autenticar la identidad de los usuarios. Esta iniciativa, que inicialmente se aplicará exclusivamente para el proceso de Autotraspaso, tiene prevista su expansión a otros servicios en el futuro.

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Tampoco se podrá realizar la Conclusión total de la Cuenta del ISSSTE.

  • Retiros parciales bajo el IMSS e ISSSTE.
  • Retiros programados del IMSS e ISSSTE.
  • Recepciones de contribuciones voluntarias.
  • Acceso a los recursos del ahorro voluntario.
  • Recuperación de fondos para el retiro parcial.
  • Separación de cuentas.
  • Unificación de cuentas.
  • Consolidación de recursos bajo el IMSS.
  • Actualización de información personal certificable.

Hace unos días en Diario de Querétaro dimos la noticia que ahora para hacer ciertos trámites en la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), el trabajador debía contar con su Firma Electrónica SAR y que como fecha se tendría hasta el 24 de abril, y como “no hay fecha que no se cumpla”, a partir de mañana jueves 25 es obligatorio contar con este requisito para hacer movimientos importantes en la cuenta de ahorro.

Es importante saber ¿qué son las Afores?, para qué sirven y quienes las obtienen, ante estas preguntas la Asociación Mexicana de Afores (Amafore), indican que, las Afores son entidades financieras dedicadas de manera exclusiva y profesional a administrar las cuentas individuales de ahorro para el retiro de los trabajadores las cuales deben contar con la autorización de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y están sujetas a la regulación de la Consar.

Las Afores son cuentas individuales y únicas que tiene cada trabajador a lo largo de la vida laboral donde se acumulan los recursos (cuotas y aportaciones) que realiza periódicamente el patrón, el gobierno y el propio trabajador. Dichas aportaciones se calculan con base en el salario base de cotización, hasta un tope máximo de 23 salarios mínimos.

Cada Afore se subdivide en cuatro subcuentas:

1) Retiro, Vejez y Cesantía: La aportación a esta subcuenta es obligatoria y la realizan:

a) El patrón: bimestralmente aporta 2% del salario base de cotización para el retiro y 3.15% del salario base de cotización para cesantía en edad avanzada y vejez.

b) El gobierno federal, cuya aportación ocurre bajo el concepto de Cuota Social, que aporta el 0.225% del salario base de cotización por cesantía, edad avanzada y vejez de manera bimestral y una cantidad equivalente al 5.5% del salario mínimo general.

c) El trabajador, aportará bimestralmente el 1.125% sobre el salario base de cotización

En total a este fondo cada mes, el saldo se incrementa con un porcentaje de entre el 8% y el 8.5% del salario del trabajador.

El trabajador podrá acceder a este saldo hasta después de los 65 años, que en México es la edad estipulada por ley para el retiro.

2) Aportaciones voluntarias: Esta subcuenta está constituída por el ahorro voluntario que cada trabajador puede ir haciendo durante su vida laboral. Entre los beneficios de depositar voluntariamente fondos adicionales a los que se aportan de manera obligatoria se encuentra lograr mayores rendimientos, beneficios fiscales, posibilidad de retirar los recursos en el momento que se requiera (sólo el monto correspondiente a las aportaciones voluntarias, y los recursos se deben recibir a más tardar a los 15 días de haberlo solicitado a la Afore).

Las aportaciones voluntarias no tienen un requisito de monto máximo ni mínimo, las puede realizar el trabajador directamente o solicitarle al empleador que las realice a partir de un descuento de su sueldo, y se pueden realizar cada 2 o 6 meses dependiendo de la Afore en la que se tenga la cuenta.

3) Vivienda: En esta subcuenta únicamente el patrón realiza aportaciones de manera bimestral, equivalentes al 5% del salario base de cotización de cada uno de los trabajadores. Los recursos son destinados al Infonavit a través del Fondo Nacional de la Vivienda, quedando registrados dichos recursos en la Afore, por lo que deben aparecer en el estado de cuenta de cada uno de los trabajadores.

El saldo de esta subcuenta puede ser utilizado para solicitar un crédito para la vivienda a través del Infonavit (si dicho trámite nunca se realiza, los recursos que se abonaron a esta subcuenta podrán utilizarse al llegar al retiro y servirán como complemento de la pensión); o para elevar el monto de la pensión una vez que la persona se jubile.

4) Aportaciones adicionales o complementarias: Su objetivo es incrementar el monto de la pensión, estas aportaciones las puede realizar cada trabajador o el patrón en cualquier momento, y se podrá disponer de ellas al momento del retiro.

Todo el dinero generado por estas aportaciones es invertido por las Afores en Sociedades de Inversión Especializadas para el Retiro (Siefores), con el objetivo de generar rendimientos.

La edad de cada trabajador determina el instrumento en el que el dinero será invertido. Hay Siefores Básicas (SB1), en las cuales se invierten los ahorros de las personas cercanas al retiro, es decir de 60 años o más, SB2 (personas entre 46 y 59 años); SB3 (Personas entre 37 y 45 años); SB4 (Personas de 36 años y menores). La diferencia principal entre cada uno de estos instrumentos es el rendimiento, el cual estará determinado por el monto pero también por el tiempo durante el cual los recursos estarán invertidos. Conforme más joven sea el trabajador, su edad de retiro es más lejana, por lo que su Afore estará invertida por un tiempo mayor lo que le dará rendimientos mayores.

FIRMA ELECTRÓNICA SAR

Fue a inicio de este año 2024, cuando se lanzó esta iniciativa como medida de protección de datos, con ello las Afores pusieron a disposición de los trabajadores el portal AforeMovil donde ahora los trámites se podrán realizar de manera más ágil y más segura, por lo que es necesario contar con la Firma Electrónica SAR, trámite que se dio de plazo hasta el 24 de abril.

Si en este tiempo no realizaste este trámite, hay malas noticias, pues a partir de mañana la Firma Electrónica SAR se convertirá en la principal herramienta requerida para autenticar la identidad de los usuarios. Esta iniciativa, que inicialmente se aplicará exclusivamente para el proceso de Autotraspaso, tiene prevista su expansión a otros servicios en el futuro.

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Tampoco se podrá realizar la Conclusión total de la Cuenta del ISSSTE.

  • Retiros parciales bajo el IMSS e ISSSTE.
  • Retiros programados del IMSS e ISSSTE.
  • Recepciones de contribuciones voluntarias.
  • Acceso a los recursos del ahorro voluntario.
  • Recuperación de fondos para el retiro parcial.
  • Separación de cuentas.
  • Unificación de cuentas.
  • Consolidación de recursos bajo el IMSS.
  • Actualización de información personal certificable.

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