/ lunes 21 de diciembre de 2020

Expresiones de protesta no son sancionadas

“Reforma al artículo 289 del Código Penal está dirigida a prevenir y sancionar las acciones que inhabiliten a la autoridad para llevar a cabo las obras"


Las reformas al Código Penal del Estado, aprobadas por la contingencia de Covid-19, no implican una sanción de expresiones de protesta, afirmó la bancada de Acción Nacional (PAN) del Congreso del Estado, quien informó que, ante la preocupación de que se dé otra interpretación a estas leyes, se ingresó una iniciativa de reforma.

Mediante un comunicado de prensa, la bancada panista aseveró que, el Poder Legislativo se ha caracterizado por tener responsabilidad y la facultad de escucha a la sociedad, sin embargo, “también tiene la obligación de cuidar y salvaguardar” a los ciudadanos.

Detallaron, que la modificación al artículo 289 del Código Penal para el Estado de Querétaro, y que sanciona a quien impida la ejecución de una obra o trabajos públicos, ya existía y el Congreso local solo aprobó modificar la sanción, y se incluyó, conmutar la pena de la privación de la libertad con servicios a la comunidad.

“Esta reforma al artículo 289 del Código Penal no implica la sanción de expresiones de inconformidad o de protesta, sino que está dirigida a prevenir y sancionar las acciones que inhabiliten a la autoridad para llevar a cabo las obras, con lo que se pondría en riesgo inminente y grave la salud y la vida de las personas”, enfatizó la bancada.

No obstante, recalcaron, que ante “la preocupación de que pudiera darse una interpretación distinta a la norma”, se ingresó una iniciativa que reformará dicho precepto del Código Penal para que se precisen estas circunstancias y supuestos.

“Esta iniciativa se discutirá a la brevedad en cuanto la Legislatura regrese a la actividad en enero del próximo año”, adelantaron.


Las reformas al Código Penal del Estado, aprobadas por la contingencia de Covid-19, no implican una sanción de expresiones de protesta, afirmó la bancada de Acción Nacional (PAN) del Congreso del Estado, quien informó que, ante la preocupación de que se dé otra interpretación a estas leyes, se ingresó una iniciativa de reforma.

Mediante un comunicado de prensa, la bancada panista aseveró que, el Poder Legislativo se ha caracterizado por tener responsabilidad y la facultad de escucha a la sociedad, sin embargo, “también tiene la obligación de cuidar y salvaguardar” a los ciudadanos.

Detallaron, que la modificación al artículo 289 del Código Penal para el Estado de Querétaro, y que sanciona a quien impida la ejecución de una obra o trabajos públicos, ya existía y el Congreso local solo aprobó modificar la sanción, y se incluyó, conmutar la pena de la privación de la libertad con servicios a la comunidad.

“Esta reforma al artículo 289 del Código Penal no implica la sanción de expresiones de inconformidad o de protesta, sino que está dirigida a prevenir y sancionar las acciones que inhabiliten a la autoridad para llevar a cabo las obras, con lo que se pondría en riesgo inminente y grave la salud y la vida de las personas”, enfatizó la bancada.

No obstante, recalcaron, que ante “la preocupación de que pudiera darse una interpretación distinta a la norma”, se ingresó una iniciativa que reformará dicho precepto del Código Penal para que se precisen estas circunstancias y supuestos.

“Esta iniciativa se discutirá a la brevedad en cuanto la Legislatura regrese a la actividad en enero del próximo año”, adelantaron.

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