/ lunes 23 de agosto de 2021

TEEQ ordena a IEEQ asignar diputación

TEEQ ordena al IEEQ entrega de constancia como diputado a Miguel Ángel Arteaga Chávez

En cumplimiento a la sentencia emitida en el expediente TEEQ-JLD-190/2021, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) aprobó sustituir la primera fórmula de candidaturas de la lista de diputaciones por el principio de representación proporcional para la integración de la 60 Legislatura del estado, por lo que acordó expedir la constancia de asignación de la primera diputación, correspondiente al partido político Morena, a Miguel Ángel Arteaga Chávez.

Lo anterior, luego de que el juicio local de los derechos político electorales TEEQ-JLD-190/2021, fuera promovido por Miguel Ángel Arteaga Chávez en contra de la resolución emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena, instancia que desechó el recurso de queja intrapartidista interpuesto por este mismo, relativo a la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional del mencionado partido, en la cual el promovente figuraba en la quinta posición.

Argumentó que le causó agravio el hecho de que la instancia partidista responsable determinara indebidamente que no era posible resarcirlo en el ejercicio de su derecho político-electoral de ser votado, en su vertiente de ocupar la primera posición en la lista de candidaturas plurinominales de Morena. Lo anterior en virtud de que el actor sostuvo haber sido la primera persona del sexo masculino insaculada, conforme a lo establecido en la convocatoria para el proceso interno de selección de candidaturas del partido Morena.

Por lo anterior, el TEEQ determinó que los agravios expuestos resultaron fundados y suficientes para revocar el acuerdo impugnado, pues aún y cuando ya han transcurrido las etapas de la jornada electoral, resultados y declaración de validez de la elección, aún es posible restituir al actor el uso y goce de sus derechos político electorales, hasta antes de la fecha en la que deban tomar protesta de su encargo los titulares de las diputaciones electas que integrarán el congreso.

Asimismo, advirtió que el acuerdo de reserva de los primeros cuatro lugares de la lista para acciones afirmativas y mejores perfiles, elaborado por la Comisión Nacional de Elecciones de Morena con posterioridad a la emisión de la convocatoria para el proceso de selección de candidaturas, resultó ilegal pues las facultades de dicho órgano para hacer ajustes a la lista debían hacerse respecto de las personas que participaron en el proceso de selección de candidaturas hasta antes de la insaculación, y no con posterioridad como se efectuó.

En consecuencia, el TEEQ revocó el acuerdo mediante el cual la Comisión de Elecciones reservó los primeros cuatro lugares de la lista de candidaturas de diputaciones por el principio de representación proporcional del partido Morena, se dejó sin efectos todos los actos relativos a la asignación de la primera diputación plurinominal de dicho partido, y se vinculó al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro para que se restituya al actor y lo tenga como registrado en el primer lugar de la lista de candidaturas de diputaciones plurinominales del partido Morena.

Por su parte el IEEQ en sesión virtual de este domingo, acató estrictamente la determinación del órgano electoral jurisdiccional en el estado, derivado del incumplimiento de la normatividad interna del partido político.

En cumplimiento a la sentencia emitida en el expediente TEEQ-JLD-190/2021, el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) aprobó sustituir la primera fórmula de candidaturas de la lista de diputaciones por el principio de representación proporcional para la integración de la 60 Legislatura del estado, por lo que acordó expedir la constancia de asignación de la primera diputación, correspondiente al partido político Morena, a Miguel Ángel Arteaga Chávez.

Lo anterior, luego de que el juicio local de los derechos político electorales TEEQ-JLD-190/2021, fuera promovido por Miguel Ángel Arteaga Chávez en contra de la resolución emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena, instancia que desechó el recurso de queja intrapartidista interpuesto por este mismo, relativo a la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional del mencionado partido, en la cual el promovente figuraba en la quinta posición.

Argumentó que le causó agravio el hecho de que la instancia partidista responsable determinara indebidamente que no era posible resarcirlo en el ejercicio de su derecho político-electoral de ser votado, en su vertiente de ocupar la primera posición en la lista de candidaturas plurinominales de Morena. Lo anterior en virtud de que el actor sostuvo haber sido la primera persona del sexo masculino insaculada, conforme a lo establecido en la convocatoria para el proceso interno de selección de candidaturas del partido Morena.

Por lo anterior, el TEEQ determinó que los agravios expuestos resultaron fundados y suficientes para revocar el acuerdo impugnado, pues aún y cuando ya han transcurrido las etapas de la jornada electoral, resultados y declaración de validez de la elección, aún es posible restituir al actor el uso y goce de sus derechos político electorales, hasta antes de la fecha en la que deban tomar protesta de su encargo los titulares de las diputaciones electas que integrarán el congreso.

Asimismo, advirtió que el acuerdo de reserva de los primeros cuatro lugares de la lista para acciones afirmativas y mejores perfiles, elaborado por la Comisión Nacional de Elecciones de Morena con posterioridad a la emisión de la convocatoria para el proceso de selección de candidaturas, resultó ilegal pues las facultades de dicho órgano para hacer ajustes a la lista debían hacerse respecto de las personas que participaron en el proceso de selección de candidaturas hasta antes de la insaculación, y no con posterioridad como se efectuó.

En consecuencia, el TEEQ revocó el acuerdo mediante el cual la Comisión de Elecciones reservó los primeros cuatro lugares de la lista de candidaturas de diputaciones por el principio de representación proporcional del partido Morena, se dejó sin efectos todos los actos relativos a la asignación de la primera diputación plurinominal de dicho partido, y se vinculó al Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Querétaro para que se restituya al actor y lo tenga como registrado en el primer lugar de la lista de candidaturas de diputaciones plurinominales del partido Morena.

Por su parte el IEEQ en sesión virtual de este domingo, acató estrictamente la determinación del órgano electoral jurisdiccional en el estado, derivado del incumplimiento de la normatividad interna del partido político.

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