/ sábado 14 de octubre de 2023

Impugnan por plagio a candidato a rector de la UAQ

Investigará Comisión Electoral al candidato; afirman que su tesis es 79% similar a otra


La directora de la Facultad de Química de la UAQ y aspirante a la rectoría, Silvia Lorena Amaya Llano, solicitó el retiro del registro de su adversario Martín Vivanco Ramos, director de la Facultad de Contaduría y Administración (FCA), a quien acusó de plagio de la tesis con la que obtuvo la titulación de su maestría.

En el documento presentado por la representante de la candidata a la rectoría, Elizabeth Denise Contreras Ortiz, ante la Comisión Electoral del Consejo Universitario, señala que la tesis de maestría de Vivanco Ramos registra, de acuerdo con la plataforma del programa Turnitin, 79% de coincidencias con una realizada 15 meses antes por Salvador Nieto Dueñas, con la cual se tituló como contador público por la Universidad de Guanajuato.

Turnitin es un servicio de prevención de plagio en internet creado por iParadigms, LLC, lanzado por primera vez en 1997, habitualmente, las universidades y los institutos compran licencias para enviar ensayos al sitio web de la plataforma, cuyo sofware revisa el documento en busca de contenido no original y establece tanto las similitudes como los grados de coincidencia.

Por ello se le acusa de transgredir el artículo 280 de la Ley Orgánica universitaria, párrafo VI, que señala que es una conducta grave que debe sancionarse “prestar ayuda o valerse de fraude en los exámenes o en cualquier actividad académica”.

Las similitudes entre ambas tesis van, incluso, desde el título. La de Nieto Dueñas, presentada en agosto de 2003, se titula "La educación tributaria como solución a la baja recaudación fiscal en México", y la del queretano, de noviembre de 2004, es "La educación tributaria para una mejor recaudación en México".

De igual forma, se presentaron ejemplos de párrafos e incluso páginas idénticas en ambas tesis. Al hacer el cotejo de manera independiente por parte de esta casa editorial se comprueba lo señalado en la denuncia, tanto en las similitudes detectadas por el programa, como respecto a las páginas y párrafos idénticos de los cuales se encontraron muchos ejemplos.

Las coincidencias se acentúan al comprobar que ambos trabajos no sólo abordan el mismo tema, sino que lo desarrollan a lo largo de cinco capítulos, citan a los mismos autores, dividen los capítulos en casi los mismos subtemas.

Y en el cuerpo de dichas tesis, se advierte que, tan sólo el resumen del documento presentado por Martín Vivanco (compuesto por 4 párrafos) es exactamente igual, sólo con el añadido de la palabra “que” en el párrafo 2, al texto expuesto en los párrafos del 4 al 7 del prólogo de Salvador Nieto.

Más aún, hasta la encuesta que incluye el autor de la tesis de la Universidad de Guanajuato para alcanzar la conclusión de su hipótesis sobre la necesidad de la educación tributaria en las escuelas de nivel básico es reproducida fielmente en la del aspirante a rector de la UAQ que ha sido cuestionada, tanto en el texto, como en sus resultados.

Y, por supuesto, la conclusión es exactamente la misma. Incluso, en el cierre se reproduce la misma cita textual: “Los países que no le pongan atención a sus recursos humanos, a su educación, a su gente que pueden generar patentes, ideas, empresas... acabarán quebrando”, que el autor original atribuye a Enrique Cabot, académico y comerciante mexicano, director gestor de Excel Administración de Aventura, a quien el académico queretano omite.

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Respecto a las sanciones, el artículo 281 señala que en el caso de que la conducta grave se refiera a académicos, se podría contemplar la suspensión de derechos académicos por el tiempo que determine el Consejo y señala que, para estos efectos, se entiende por derechos académicos aquellos que tiene para participar en los órganos colegiados de la Universidad y recibir menciones u honores otorgadas por la misma, incluyendo ser candidato.

De igual forma, en el artículo 282 al 292 se establecen los criterios del procedimiento para poder establecer una opinión por parte de la Comisión Instructora, que la turnará a la Comisión de Honor y Justicia para un estudio previo y emita el dictamen correspondiente al Consejo Universitario, que lo votará y emitirá la sanción correspondiente.

En la previsión 17 de la Convocatoria se establece que quien caiga en conductas graves establecidas en los Estatutos de la Universidad pudieran ser sancionados, con una amonestación y hasta la cancelación del registro.


La directora de la Facultad de Química de la UAQ y aspirante a la rectoría, Silvia Lorena Amaya Llano, solicitó el retiro del registro de su adversario Martín Vivanco Ramos, director de la Facultad de Contaduría y Administración (FCA), a quien acusó de plagio de la tesis con la que obtuvo la titulación de su maestría.

En el documento presentado por la representante de la candidata a la rectoría, Elizabeth Denise Contreras Ortiz, ante la Comisión Electoral del Consejo Universitario, señala que la tesis de maestría de Vivanco Ramos registra, de acuerdo con la plataforma del programa Turnitin, 79% de coincidencias con una realizada 15 meses antes por Salvador Nieto Dueñas, con la cual se tituló como contador público por la Universidad de Guanajuato.

Turnitin es un servicio de prevención de plagio en internet creado por iParadigms, LLC, lanzado por primera vez en 1997, habitualmente, las universidades y los institutos compran licencias para enviar ensayos al sitio web de la plataforma, cuyo sofware revisa el documento en busca de contenido no original y establece tanto las similitudes como los grados de coincidencia.

Por ello se le acusa de transgredir el artículo 280 de la Ley Orgánica universitaria, párrafo VI, que señala que es una conducta grave que debe sancionarse “prestar ayuda o valerse de fraude en los exámenes o en cualquier actividad académica”.

Las similitudes entre ambas tesis van, incluso, desde el título. La de Nieto Dueñas, presentada en agosto de 2003, se titula "La educación tributaria como solución a la baja recaudación fiscal en México", y la del queretano, de noviembre de 2004, es "La educación tributaria para una mejor recaudación en México".

De igual forma, se presentaron ejemplos de párrafos e incluso páginas idénticas en ambas tesis. Al hacer el cotejo de manera independiente por parte de esta casa editorial se comprueba lo señalado en la denuncia, tanto en las similitudes detectadas por el programa, como respecto a las páginas y párrafos idénticos de los cuales se encontraron muchos ejemplos.

Las coincidencias se acentúan al comprobar que ambos trabajos no sólo abordan el mismo tema, sino que lo desarrollan a lo largo de cinco capítulos, citan a los mismos autores, dividen los capítulos en casi los mismos subtemas.

Y en el cuerpo de dichas tesis, se advierte que, tan sólo el resumen del documento presentado por Martín Vivanco (compuesto por 4 párrafos) es exactamente igual, sólo con el añadido de la palabra “que” en el párrafo 2, al texto expuesto en los párrafos del 4 al 7 del prólogo de Salvador Nieto.

Más aún, hasta la encuesta que incluye el autor de la tesis de la Universidad de Guanajuato para alcanzar la conclusión de su hipótesis sobre la necesidad de la educación tributaria en las escuelas de nivel básico es reproducida fielmente en la del aspirante a rector de la UAQ que ha sido cuestionada, tanto en el texto, como en sus resultados.

Y, por supuesto, la conclusión es exactamente la misma. Incluso, en el cierre se reproduce la misma cita textual: “Los países que no le pongan atención a sus recursos humanos, a su educación, a su gente que pueden generar patentes, ideas, empresas... acabarán quebrando”, que el autor original atribuye a Enrique Cabot, académico y comerciante mexicano, director gestor de Excel Administración de Aventura, a quien el académico queretano omite.

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Respecto a las sanciones, el artículo 281 señala que en el caso de que la conducta grave se refiera a académicos, se podría contemplar la suspensión de derechos académicos por el tiempo que determine el Consejo y señala que, para estos efectos, se entiende por derechos académicos aquellos que tiene para participar en los órganos colegiados de la Universidad y recibir menciones u honores otorgadas por la misma, incluyendo ser candidato.

De igual forma, en el artículo 282 al 292 se establecen los criterios del procedimiento para poder establecer una opinión por parte de la Comisión Instructora, que la turnará a la Comisión de Honor y Justicia para un estudio previo y emita el dictamen correspondiente al Consejo Universitario, que lo votará y emitirá la sanción correspondiente.

En la previsión 17 de la Convocatoria se establece que quien caiga en conductas graves establecidas en los Estatutos de la Universidad pudieran ser sancionados, con una amonestación y hasta la cancelación del registro.

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